Proveedores del sector público
Contratos de encargo con administraciones vascas, auditorías y notificación de brechas.
Ley 16/2023 art. 2.2Si tu empresa trabaja para una administración vasca, una parte de tus tratamientos responde ante la Autoridad Vasca de Protección de Datos.
Sector público vasco, sus encargados y quien presta servicios públicos: Autoridad Vasca de Protección de Datos (Ley 16/2023). Resto de la actividad privada: AEPD.
Una empresa de software, de mantenimiento o de servicios que trata datos por cuenta de un ayuntamiento, una diputación foral o el Gobierno Vasco queda sometida a la Ley 16/2023 en esos tratamientos (art. 2.2). Las inspecciones y los procedimientos los lleva la Autoridad Vasca.
Como en toda España (art. 77 LOPDGDD), a las administraciones públicas no se les imponen multas, sino apercibimientos. Las entidades privadas incluidas en el ámbito de la ley sí pueden ser multadas.
Contratos de encargo con administraciones vascas, auditorías y notificación de brechas.
Ley 16/2023 art. 2.2Control de accesos, videovigilancia en planta y datos de socios trabajadores.
LOPDGDD art. 89Software con IA, alojamiento y proveedores fuera de la UE.
RGPD art. 44Para los tratamientos que realizas como encargada de una administración vasca o para prestar un servicio público, sí. Para el resto de tu actividad, ante la AEPD.
La Ley 16/2023 se publicó en el BOE en enero de 2024 y sustituyó a la ley de 2004 que creó la antigua Agencia Vasca.
No: el RGPD y la LOPDGDD son los mismos. Cambia quién inspecciona y tramita las reclamaciones.
Trabajo en remoto desde Italia, dentro de la Unión Europea. La primera evaluación es gratuita: miro tu situación y te digo por escrito qué falta y en qué orden resolverlo.
Actualizado el 27 de octubre de 2026 · Pietro Cravero, delegado de protección de datos certificado (IDcert).